LA POLEMICA LEY UBER
Sólo el 15,5% de los choferes de las aplicaciones de transporte cumple con la normativa
De acuerdo a un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la UC, el 37,2% de los conductores no cumple con el requisito de antigüedad y cilindrada, de un universo de 107.500. El mayor incumplimiento se produce con respecto a tener una licencia profesional, llegando al 78,3%.
Contraloría se encuentra en proceso de revisión del reglamento que debe regular a las empresas de aplicaciones de transporte bajo una serie de requisitos tales como la licencia de conducir, antigüedad del vehículo y cilindrada máxima, entre otros. Esto, en el marco de la implementación de la ley que regula las aplicaciones de transporte (EAT) en Chile, más conocida como Ley Uber.
Entre los principales cambios, la ley establece la inscripción de los conductores y vehículos en los seis primeros meses de vigencia de la ley (Art. 2º transitorio). Al cabo de los 18 meses se considera la posibilidad de que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones defina fundadamente la suspensión de las inscripciones en el Registro, por el plazo que determine.
También el reglamento fija que la antigüedad del vehículo deberá ser inferior a 10 años. Originalmente, el requisito de antigüedad era inferior a 7 años. Además, se establece un motor con cilindrada mínima de 1,4 litros. Y por último, está la exigencia de licencia profesional a conductores, a contar de los 12 meses de entrada en vigencia de la ley.
Al respecto, un análisis del Centro de Encuestas y Estudios Longitudinales de la Universidad Católica cuantificó el impacto que la nueva ley tendrá en los conductores de este tipo de aplicación. David Bravo, director del centro, da cuenta de que tiene una relación contractual con Uber para realizar dos estudios relacionados a aplicaciones de transporte. El primero de ellos es una encuesta a conductores de Uber para realizar una caracterización de quienes trabajan en esta plataforma, con fecha de publicación en marzo. Y el segundo informe tiene como objetivo realizar una radiografía de los usuarios de este tipo de transporte.
El presente reporte señala que en diciembre de 2023 había 107.500 choferes de aplicaciones móviles y que, de ese total, solo el 15,5% cumplía con los requisitos de antigüedad, cilindrada y licencia. En número de conductores ese porcentaje se traduce en 16.700.
En el desglose, el informe muestra que el 37,2% de los conductores no cumple con el requisito de antigüedad y cilindrada (39.900), mientras que el 62,8% sí lo cumple, lo que equivale a 67.510 choferes.
En cuanto al requisito de contar con una licencia profesional, el número de conductores que pasan esta prueba es bastante acotado, llegando al 21,7%, totalizando 23.300, mientras que el 78,3% no tiene licencia profesional, sumando 84.200 choferes.
Para Bravo, el primer efecto que tendrá esta ley una vez que la Contraloría tome razón y se comience a aplicar, será entre quienes no cuenten con los requisitos de antigüedad y cilindrada del automóvil, ya que eso empieza a regir de manera inmediata.
Con esto, según los cálculos de Bravo, son unos 40 mil conductores los que se verán afectados.
El otro cambio podría tener un impacto más gradual, puesto que la legislación entregó un año plazo para que los conductores puedan obtener su licencia profesional.
No obstante, el efecto en el empleo podría aumentar de 40 mil hasta 88 mil en el caso de que los conductores no logren obtener la licencia profesional en el periodo establecido.
Para el economista, uno de los problemas que trae consigo la ley es que establece que una vez constituido el registro de conductores, este se congelará por 18 meses. “La esencia del trabajo de plataformas requiere que exista flexibilidad para activarse o desactivarse por parte de los conductores”, sostiene.
Asimismo, menciona que “el registro y los requisitos constituyen una medida razonable en la medida que sea automática y se podría hacer responsable a las empresas de transporte de aplicaciones de verificar los requisitos y de facilitar los accesos a sus sistemas para la supervisión del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Congelar el registro, aun cuando sea temporalmente, implica afectar esa capacidad y posibilidad de empleabilidad en el tiempo”.
En su argumentación menciona que “por definición un registro cerrado, con cupos fijos o sujeto a discreción de la autoridad, afectará a las empresas de plataformas que vayan a entrar con posterioridad a la vigencia de la ley y a las empresas con menor participación de mercado. Es una norma anticompetencia”.
Del mismo modo, indica que “la discrecionalidad de la autoridad actuará como un desincentivo a la inversión del sector. Por lo tanto, los impactos sobre el empleo son mayores cuando se consideran los efectos dinámicos en el tiempo”.
Fuente: La Tercera